Reglamentación del uso de aguas


La Reglamentación del Uso de las Aguas es un instrumento ambiental para la administración y distribución de las aguas que discurren por una corriente o derivación, o que se hallan en un depósito, en función de los usos prioritarios y necesidades de las personas a beneficiarse con las mismas.

La reglamentación es también una herramienta para prevenir y resolver los conflictos asociados al uso y aprovechamiento de los recursos hídricos e implica concesiones de aguas para los beneficiarios (Decreto 1076 de 2015).

Conoce los procesos de reglamentación que adelanta la Corporación:

Corpoboyacá a través del contrato de consultoría CCC 2022-509 adelanta los siguientes procesos de reglamentación:

  • Unidad hidrológica de la Quebrada Toibita.
  • Unidad hidrológica de Río de Piedras.
  • Microcuencas Pozos, Hatolaguna, Tobal y Olarte, que son afluentes del Lago de Tota y las derivaciones del mismo a través de motores eléctricos u otros combustibles.

Consulte el mapa de las microcuencas a reglamentar:

Avances de los procesos de reglamentación:

Las etapas del proceso de reglamentación del uso de las aguas están determinadas en el Decreto 1076 de 2015.

A continuación, se presentan los avances de los procesos de reglamentación:

1. Actos administrativos que ordenan el inicio de los procesos de reglamentación:

Corpoboyacá emitió los siguientes actos administrativos:

  • Resolución No. 531 del 24 de marzo 2023 “Por la cual se ordena iniciar el proceso de reglamentación del uso de las aguas de las microcuencas Pozos, Hatolaguna, Tobal y Olarte, que son afluentes del Lago de Tota y las derivaciones del mismo a través de motores eléctricos u otros combustibles” (Consultar documento).
  • Resolución No. 532 del 24 de marzo 2023 “Por la cual se ordena iniciar el proceso de reglamentación del uso de las aguas de la unidad hidrológica de la quebrada Toibita y de todos sus afluentes y derivaciones” (Consultar documento).
  • Resolución No. 533 del 24 de marzo 2023 “Por la cual se ordena iniciar el proceso de reglamentación del uso de las aguas de la unidad hidrológica Río de Piedras y de todos sus afluentes y derivaciones” (Consultar documento).

2. Avisos de visitas oculares:

Corpoboyacá emitió los siguientes avisos sobre el inicio de las visitas oculares:

  • Aviso No. 1 para la unidad hidrológica de la Quebrada Toibita (Consultar documento).
  • Aviso No. 2 para la unidad hidrológica de Río de Pidras (Consultar documento).
  • Aviso No. 3 para las microcuencas Pozos, Hatolaguna, Tobal y Olarte, afluentes del Lago de Tota y las derivaciones del mismo a través de motores eléctricos u otros combustibles (Consultar documento).

Componente social

Para Corpoboyacá es importante la participación de los actores sociales, comunidad en general y personas interesadas en hacer parte de los procesos de reglamentación. Para ello se han adelantado las siguientes acciones:

Socialización de los procesos

Consulte algunas imágenes de los talleres de socialización: